El 18 de septiembre del presente año el Gobierno ha dictado la Ley 3/2020, con el objetivo de implementar medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia.
Gran parte del texto legislativo beneficia a las personas que están tramitando la Ley de Segunda Oportunidad o están valorando iniciarlo. Por varios motivos;
- Agilización del Acuerdo Extrajudicial de Pagos; cuando se produzcan dos faltas en la designación de mediador concursal, se podrá acudir a la vía judicial sin más trámites, evitando dilaciones indebidas.
- Medidas para tramitar de forma preferente los concursos consecutivos y el beneficioso de exoneración del pasivo insatisfecho. Es decir, los Juzgados priorizarán las gestiones procesales de la fase judicial y la resolución donde conceden la eliminación de las deudas.
- Evitar trámites presenciales en los Juzgados, sustituyéndolos por gestiones telemáticas.
En definitiva, se han puesto en funcionamiento una serie de medidas, que ayudarán en gran medida a las personas que se acojan a la Ley de La Segunda Oportunidad, tanto la parte prejudicial como la judicial se agilizan y tendrán tratamiento preferente por parte de los Juzgados.